DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13426
03 de diciembre, 2014
DCA-3219
Señor
Mario Madriz Quirós
Coordinador
Unidad de Proveeduría
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo contralor, por no requerirlo, la adenda Nº 2 al contrato de
servicios Nº 10-2013 suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la
empresa HWP Costa Rica C.A., S.A. para el servicio de comunicación y publicidad del
Censo Nacional Agropecuario 2014, Licitación Pública 2013LN-000001-01.
Nos referimos a oficio PROV-1962-2014 recibido en esta Contraloría General el 27 de octubre
del año en curso, mediante el cual se remite para trámite de refrendo la adenda Nº 2 al contrato de
servicios Nº 10-2013 que se indica en el asunto.
Mediante oficio DCA-2916 del 7 de noviembre del presente año, este Despacho solicitó
información adicional, el cual fue atendido mediante los oficios PROV-2087-2014, PROV-2142-2014 y
PROV-2172-2014 de fechas 12 de octubre, 20 y 26 de noviembre del presente año.
I. Antecedentes
De conformidad con la información aportada en el expediente administrativo, se observa lo siguiente:
1. Que el 12 de setiembre del 2013, el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la empresa HWP
Costa Rica C.A., S.A. suscribieron el contrato de servicios Nº 10-2013, para el servicio de comunicación
y publicidad del Censo Nacional Agropecuario 2014, por un monto de ¢341.999.169.00 y el 24 de
octubre del 2013 se suscribe la adenda Nº 1 al contrato de servicios Nº 10-2013.
2. Que dichos documentos contractuales fueron refrendados por la Contraloría General de la
República mediante el oficio No. 12967 (DCA-2977) de 25 de noviembre del 2013.
3. Que mediante oficio Prov-1785-2014 del 29 de setiembre del 2014, la Unidad Proveeduría del
INEC, l ...
Fecha publicación: 05/12/2014
Fecha emisión: 02/12/2014
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Tesauro: Modificación unilateral del contrato , Suspensión del contrato, Prórroga del plazo de ejecución contractual
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12967
25 de noviembre, 2013
DCA-2977
Señor
Mario Madriz Quirós
Coordinador Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda en forma condicionada el contrato Nº 10-2013 suscrito entre el Instituto
Nacional de Estadística y Censos y la empresa HWP Costa Rica C.A., S. A. para el servicio de
comunicación y publicidad del Censo Nacional Agropecuario 2014, por un monto de ¢341.999.169.00.
De igual manera se otorga refrendo a la adenda Nº 1 al referido contrato, suscrita el 24 de octubre del
2013 que se deriva de la Licitación Pública Nº 2013LN-000001-01.
Nos referimos a oficio Nº PROV-1318-2013 del 19 de setiembre, mediante el cual remite para
refrendo el contrato indicado en el asunto.
Mediante oficio DCA-2597 del 18 de octubre del 2013 este Despacho solicitó información
complementaria, requerimiento que fue atendido por oficio PROV-1693-2013 del pasado 25 de octubre,
junto con el que se remitió la adenda Nº 1 al contrato de servicios Nº 10-2013 suscrita el 24 de octubre del
2013.
Una vez efectuado el estudio de rigor conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre
el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendados los
documentos contractuales de cita, quedando sujetos a las siguientes observaciones y condicionamientos:
1) Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido
presupuestario suficiente y disponible para amparar las erogaciones producto del contrato que se refrenda.
De igual manera deberá verificar que los recursos válidamente puedan ser utilizados para la finalidad
propuesta.
2) Se hace ver lo indicado en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, cuando indica: “Es e ...
Fecha publicación: 28/11/2013
Fecha emisión: 25/11/2013
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.10540
29 de octubre, 2010
DCA-0411
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador
Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
Fax: 2224-2240
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 014-10 suscrito entre el INEC y Mc Cann Erickson
Centroamericana (Costa Rica) S.A., campaña de publicidad del Censo 2011, por un monto de
¢268.236.279 (doscientos sesenta y ocho millones doscientos treinta y seis mil doscientos setenta y
nueve colones exactos), según Licitación Pública 2010LN000002-01.
Nos referimos a su oficio PROV-2316-2010 del 20 de octubre del presente año, mediante el
cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por
la señora Lilliana Carvajal Benavides, Coordinadora Finanzas (ver folios 64-1632 del expediente
administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la
Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y
jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día
en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 1579 del expediente administrativo), así
como que la garantía de cumplimiento se encuentre vigente por todo el plazo señalado en el cartel
(ver folios 1651-1652 del expediente administrativo).
3) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 1633 al 1636 del
expediente administrativo).
4) Queda bajo responsabilidad de la Administración el desplegar las medidas de verificación ...
Fecha publicación: 03/11/2010
Fecha emisión: 29/10/2010
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07076
23 de julio, 2010
DJ-2948
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censo
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censo y el
consorcio I.T Servicios de Infocomunicación y Active Software S.R.L., para los servicios de
preparación y procesamiento del censo experimental 2010 y censo nacional 2011 (licitación
pública 2010LN-000001-01)
Nos referimos a su oficio PROV-935-2010 mediante el cual remite para refrendo contrato suscrito
entre el Instituto Nacional de Estadística y Censo y el consorcio I.T Servicios de Infocomunicación y
Active Software S.R.L., para los servicios de preparación y procesamiento del censo experimental
2010 y censo nacional 2011.
Mediante oficios DJ-2392 del 17 de junio y DJ-2761 del 9 de julio, se solicitó información adicional,
la cual fue atendida por las notas PROV-1175 y PROV-1399.
Una vez efectuado el estudio de rigor, y conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre
el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendado el
contrato de cita, quedando sujeto a las siguientes observaciones y condicionamientos:
i. Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el disponible
presupuestario necesario para hacer frente a las obligaciones que se deriven de este
negocio jurídico.
ii. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones
de la Administración Pública, queda bajo la exclusiva responsabilidad del INEC la
razonabilidad del monto de la contratación. De igual forma, según lo dispone el artículo 8
del Reglamento recién citado, es responsabilidad de la entidad contratante la solución
técnica adoptada. Asimismo, será responsabilidad de esa Administración velar porque las
póliza ...
Fecha publicación: 26/07/2010
Fecha emisión: 23/07/2010
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02831
25 de marzo, 2010
DJ-1129
Señor
Mario Madríz Quirós
Coordinador Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo el contrato suscrito entre el INEC y el
Consorcio de Información y Seguridad S.A. derivado de la Licitación Pública 2009LN-000-003-01
por servicios de seguridad y vigilancia.
Se atiende su oficio No. PROV. 226-2010 de fecha 1 de marzo de 2010, recibido en esta
Contraloría General en esa misa fecha, el cual a petición de este Despacho es adicionado mediante
oficio Prov-INEC-0353-10 por medio de los cuales solicita el refrendo del contrato enunciado en el
asunto.
Al respecto se indica lo siguiente:
Mediante oficio DJ-1013 de fecha 16 de marzo de 2010, se solicitó al INEC aclarar lo
siguiente:
“… si el contrato de marras fue suscrito por el plazo de un año con la posibilidd
de realizar 3 prórrogas por el mismo plazo, o si por el contrario se trata de un contrato
con un plazo de ejecución de 4 años, con 3 prórrogas por el mismo periodo.
Lo anterior se solicita, por cuanto no ha sido viable para esta Contraloría
General determinar el plazo del contrato suscrito, ya que la redacción que tiene el cartel,
el acto de adjudicación y el monto estimado del contrato según cláusula sexta, entre otros
no brindan claridad sobre el tema, debiéndose exponer lo siguiente:
El cartel enuncia en el apartado denominado “Plazo del Contrato” en lo que
interesa: “… el plazo de esta contratación será por un periodo de cuatro años…”. Ese
mismo apartado tiene un cuadro que menciona un periodo de un año y refiere que va del
mes de abril a diciembre 2010 y otro de enero a marzo 2011, y después del cuadro se
menciona “… Contrato que podrá prorrogarse hasta por tres periodos iguales por mutuo
acuerdo de partes…”. (ver folio 30 del expediente de licitación).
...
Fecha publicación: 30/03/2010
Fecha emisión: 25/03/2010
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.02277
25 de febrero de 2009
DCA-0646
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y las empresas Corporación Langer S. A. e Industrias Langer S. A., para arrendamiento de edificio. (Contratación directa 2008CD-000157-01)
Nos referimos a su oficio INEC-PROV-310-09, mediante el cual nos remite para refrendo contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y las empresas Corporación Langer S. A. e Industrias Langer S. A., para arrendamiento de edificio.
De conformidad con la documentación remitida, particularmente en los oficios No. ACE-341-2008 (folio 56 del expediente administrativo), PROV-2552-2008 (folios 94-98 del expediente administrativo), ACE-011-2009 (folios 110-111 del expediente administrativo) y PROV-0203-2009 (folios 116-118 del expediente administrativo), el negocio bajo estudio se originó en una contratación directa, con base en lo dispuesto en el artículo 131 inciso j) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (LCA).
Al respecto, es importante tener presente que el artículo 3 inciso 4) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, señala que requiere refrendo “Todo contrato administrativo derivado de la aplicación de las excepciones de oferente único, establecida en el inciso d) del artículo 2º de la Ley de Contratación Administrativa, y de objetos que requieren seguridades calificadas, dispuesta en el inciso h) del artículo 131 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, según e ...
Fecha publicación: 28/02/2009
Fecha emisión: 25/02/2009
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03720
28 de abril, 2008
DCA-1184
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador, Unidad de Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos
De la rotonda La Bandera 450 mts al oeste sobre calle
Los Negritos, Edificio Ana Lorena, Mercedes de Montes de Oca
Estimado señor:
Asunto: Denegatoria de refrendo a la adenda No. 2 del contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y el consorcio conformado por las empresas Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S. A. y Consorcio de Información y Seguridad S. A. para servicios de vigilancia (Licitación Pública 01-2005).
Nos referimos a su oficio INEC-PROV-322-2008 del 13 de marzo del año en curso, mediante el cual remite para trámite de refrendo, la segunda adenda al contrato de servicios de seguridad, suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y el consorcio conformado por las empresas Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S. A. y Consorcio de Información y Seguridad S. A., por un costo mensual de ¢1.154.686,29, para un monto total por la diferencia a percibir por mes de aquí al final del contrato (24 meses) de ¢5.825.987,76.
.
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de marras sin su correspondiente refrendo, por las razones que de seguido señalamos:
· Anteriormente, para efectos de determinar la procedencia del refrendo contralor, se sumaban las posibles prórrogas del contrato. Sin embargo, mediante oficio N° 3382 del 30 de marzo del 2007, este órgano contralor definió que para efectos del refrendo, sólo deberá estimarse lo invertido inicialmente sin tomar en cuenta eventuales prórrogas. Específicamente se dijo:
“En ese orden de ideas, este órgano contralor considera que para determinar la procedencia del refrendo o aprobación interna, según corresponda, la estimación que debe efectuarse, es con base en el monto del periodo que efectivamente la Administración ...
Fecha publicación: 05/05/2008
Fecha emisión: 28/04/2008
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
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Sr. Gustavo Aguilar Herrera
9 de febrero, 2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03289
6 de marzo, 2006
DCA-0449
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador
Proveeduría
Instituto Nacional de Estadística y Censos
De la rotonda La Bandera 450 mts al oeste sobre calle
Los Negritos, Edificio Ana Lorena, Mercedes de Montes de Oca
Estimado señor:
Asunto: Refrendo del Contrato de servicios de vigilancia y un addendum, suscritos entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y el Consorcio conformado por las empresas: Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A. y Consorcio de Información y Seguridad S.A. (Licitación Pública 01-2005)
Damos respuesta al oficio No. INEC-PROV-0380-06, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato de servicios de vigilancia y un addendum, suscritos entre ese Instituto y el Consorcio conformado por las empresas: Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A. y Consorcio de Información y Seguridad S.A.
Una vez efectuado el estudio de rigor y habiéndose satisfecho nuestras observaciones planteadas en el oficio 01897 (DCA-0132), devolvemos los documentos de mérito debidamente aprobados por esta Contraloría General, condicionado a la efectiva existencia de contenido presupuestario durante todo el plazo de la contratación.
Atentamente,
Lic. Marcela Aragón Sandoval
Fiscalizadora Asociada
Anexo: Dos ampos de expediente
MAS/lmu
ci Archivo Central
Ni: 5440, 2006000347-2
· Contratos
] ...
Fecha publicación: 09/03/2006
Fecha emisión: 06/03/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
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2
Sr. Gustavo Aguilar Herrera
9 de febrero, 2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 01897
9 de febrero, 2006
DCA-0132
Señor
Gustavo Aguilar Herrera
Asesor Jurídico
Instituto Nacional de Estadística y Censos
De la rotonda La Bandera 450 mts al oeste sobre calle
Los Negritos, Edificio Ana Lorena, Mercedes de Montes de Oca
Estimado señor:
Asunto: Refrendo del Contrato de servicios de vigilancia, suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y el Consorcio conformado por las empresas: Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A. y Consorcio de Información y Seguridad S.A.(Licitación Pública 01-2005)
Damos respuesta al oficio No. AJ-496-2005, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato de servicios de vigilancia, suscrito entre ese Instituto y el Consorcio conformado por las empresas: Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A. y Consorcio de Información y Seguridad S.A.
Una vez efectuado el estudio de rigor, lamentamos devolver el documento de mérito sin nuestra aprobación, por las razones que de seguido exponemos:
1. De conformidad con la oferta el contratista cotizó el precio de los servicios en dólares estadounidenses, tipo de moneda que es consecuente con el consignado en el acto de adjudicación. No obstante, en el documento contractual se establece el pago en colones, variándose de esta manera las condiciones originales de la oferta y de la adjudicación en contraposición de lo establecido por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en tanto una vez recibida la plica, el oferente y la Administración licitante se encuentran imposibilitados legalmente para variar aspectos esenciales de la misma, siendo aceptable la convenisón del precio únicamente para efectos comparativos. En tal sentido, el contrato debe en todo momento ajustarse a la moneda ofrecida por el contratista en su propuesta (véase oficios 902/2004, 313/2005 y 13675/2005).
Por otra parte, en cuanto a l ...
Fecha publicación: 12/02/2006
Fecha emisión: 09/02/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sr. Jorge Monge Rojas
12 de marzo, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.00722
19 enero, 2006
DI-AA-0151
Licenciado
Mario Madriz Quirós
Coordinador
Instituto Nacional de Estadística y Censos
San José, Barrio Dent, Edificio Ana Lorena 5to. piso
Estimado señor:
Asunto: Contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la Empresa Renta de Automóviles El Indio S.A.
Nos referimos a su oficio No. INEC-PROV-015-06 de fecha 5 de enero, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato suscrito entre Instituto Nacional de Estadística y Censos y la Empresa Renta de Automóviles El Indio S.A.
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
Atentamente,
Elena Benavides Santos
Fiscalizadora
Anexo: Un expediente
EBS/lmu
ci Archivo Central
Ni: 488, 2006000356
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 22/01/2006
Fecha emisión: 19/01/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS